Si tienes paneles solares en Colombia y produces más electricidad de la que consumes en determinados momentos, esa energía no tiene por qué desperdiciarse. Puedes entregar los excedentes de energía solar a la red eléctrica y recibir una compensación por ellos, siempre que tu instalación cumpla los requisitos técnicos y regulatorios aplicables.
Para un hogar, negocio o empresa que funciona como Autogenerador a Pequeña Escala (AGPE) con energía solar, la regulación colombiana contempla un sistema de medición bidireccional, créditos de energía y remuneración de los excedentes adicionales. La regulación principal continúa siendo la Resolución CREG 174 de 2021, modificada posteriormente por las resoluciones CREG 101 072 y 101 087 de 2025.
En esta guía explicamos cómo funciona en 2026, qué trámites hay que realizar, para qué sirve el medidor bidireccional y, sobre todo, cuánto pueden pagarte por la energía solar que inyectas a la red.
Respuesta rápida: ¿se puede vender energía solar a la red en Colombia?
Sí. En Colombia un usuario que genera su propia electricidad puede entregar sus excedentes a la red.
En el caso habitual de un sistema fotovoltaico considerado AGPE y basado en una Fuente No Convencional de Energía Renovable (FNCER), los excedentes pueden recibir dos tratamientos:
- Los kWh entregados a la red hasta igualar la energía que has tomado de ella durante el período de facturación se reconocen mediante créditos de energía.
- Los excedentes que superan esa cantidad reciben una remuneración económica adicional.
A agosto de 2026, estos últimos excedentes continúan liquidándose transitoriamente utilizando el precio de bolsa de energía, aunque la regulación ya contempla una futura transición al precio promedio ponderado de contratos o MCm.
En pocas palabras: primero puedes compensar parte de la energía que compras de la red con los kWh que inyectas. Si todavía produces más, ese excedente adicional puede convertirse en dinero.
¿Qué son los excedentes de energía solar?
Un sistema fotovoltaico produce electricidad principalmente durante las horas de sol.
Cuando tu vivienda o empresa está consumiendo electricidad al mismo tiempo, la energía producida por los paneles se utiliza directamente.
Por ejemplo:
- tus paneles están produciendo 4 kW;
- tu vivienda consume en ese momento 1,5 kW;
- aproximadamente 1,5 kW se destinan al consumo instantáneo;
- los 2,5 kW restantes pueden ser enviados a la red si la instalación está habilitada para entregar excedentes.
A esa electricidad que sale de tu instalación hacia la red se la denomina excedente de energía.
Para contabilizar correctamente tanto la electricidad que compras como la que entregas se utiliza un medidor bidireccional.
¿Qué es un Autogenerador a Pequeña Escala o AGPE?
Un Autogenerador a Pequeña Escala (AGPE) es un usuario que genera electricidad principalmente para atender sus propias necesidades y que puede entregar a la red la energía que le sobra.
El límite establecido para la autogeneración a pequeña escala es de hasta 1 MW de capacidad instalada.
Esto abarca desde instalaciones solares residenciales de pocos kilovatios hasta sistemas fotovoltaicos considerablemente mayores instalados en comercios, hoteles, bodegas, industrias o explotaciones agrícolas.
No debe confundirse un AGPE con un Generador Distribuido (GD). El AGPE genera principalmente para autoconsumo; el GD desarrolla la actividad de generación con el objetivo de vender electricidad. La CREG mantiene reglas distintas para ambas figuras.
¿Cómo se pagan los excedentes de energía solar en Colombia?
Esta es la parte más importante.
Para un AGPE solar que entrega sus excedentes al comercializador que atiende normalmente su consumo, existen dos categorías prácticas.
1. Excedentes que se convierten en créditos de energía
Los excedentes acumulados que sean iguales o inferiores a la energía que has importado de la red durante ese período de facturación pueden compensarse mediante el mecanismo denominado crédito de energía.
Es decir:
1 kWh exportado se permuta contra 1 kWh importado, hasta alcanzar la cantidad de energía importada durante ese período.
Pero esto no significa que cada kWh tenga exactamente el mismo valor monetario que el precio final completo de tu factura.
Para sistemas AGPE de hasta 100 kW, el comercializador puede cobrar por cada kWh permutado el componente de comercialización correspondiente.
Para instalaciones de más de 100 kW y hasta 1 MW, la regulación contempla además otros componentes asociados a transmisión, distribución, comercialización, pérdidas y restricciones.
Por eso es más correcto hablar de crédito de energía que de una simple compra de todos tus kWh al precio final de la factura.
Ejemplo sencillo
Supongamos que durante un mes:
- consumes de la red: 300 kWh;
- entregas a la red: 220 kWh.
Esos 220 kWh pueden entrar dentro del mecanismo de crédito de energía.
En términos energéticos, quedarían:
300 kWh importados − 220 kWh exportados = 80 kWh netos
aunque en la factura seguirán aplicándose los componentes y cargos que correspondan según la regulación.
2. ¿Qué ocurre si produces más de lo que consumes de la red?
Imaginemos ahora:
- energía importada: 300 kWh;
- energía exportada: 450 kWh.
Los primeros 300 kWh pueden entrar en el mecanismo de crédito de energía.
Los otros:
450 − 300 = 150 kWh
son excedentes que superan el crédito de energía.
Esos kWh reciben otro tratamiento económico.
Y aquí hay una actualización regulatoria especialmente importante en 2026.
¿A qué precio pagan esos excedentes en 2026?
A agosto de 2026, los excedentes que superan el crédito de energía continúan liquidándose utilizando el precio de bolsa durante el régimen transitorio.
La Resolución CREG 101 072 de 2025 introdujo un cambio para que en el futuro estos excedentes se valoren utilizando el MCm, relacionado con el promedio ponderado de contratos.
Sin embargo, posteriormente la Resolución CREG 101 087 de 2025 estableció un período transitorio hasta que la CREG defina la metodología necesaria para trasladar esas compras a la tarifa.
La CREG confirmó nuevamente en 2026 que, mientras esa metodología no entre en aplicación, se sigue utilizando el precio de bolsa nacional para los excedentes que superan el crédito de energía.
Esto es importante
Si encuentras una página que afirma que en 2026 todos esos excedentes ya se pagan automáticamente al MCm, esa información puede estar incompleta o desactualizada.
La regulación contempla esa transición, pero el precio de bolsa sigue siendo la referencia aplicable actualmente para este supuesto.
¿Cuánto pagan por un kWh solar en Colombia?
No existe un precio fijo permanente por cada kWh solar entregado a la red.
Cuando un excedente debe valorarse a precio de bolsa, su remuneración depende del comportamiento del mercado eléctrico.
XM, administrador del Mercado de Energía Mayorista, calcula un precio de bolsa para cada período horario. Por eso el valor puede cambiar de forma importante entre días, meses e incluso horas.
Para hacerse una idea de esa variabilidad, durante 2026 XM informó los siguientes precios promedio de bolsa:
| Mes de 2026 | Precio promedio de bolsa |
|---|---|
| Enero | 213 COP/kWh |
| Febrero | 124,26 COP/kWh |
| Marzo | 223,78 COP/kWh |
| Abril | 280,20 COP/kWh |
| Mayo | 516,36 COP/kWh |
| Junio | 562,10 COP/kWh |
Fuentes: informes mensuales de XM.
La diferencia entre febrero y junio muestra por qué no conviene calcular la rentabilidad de una instalación solar suponiendo un precio fijo de venta de excedentes.
Además, estos valores son promedios mensuales del mercado. La liquidación que corresponda a un usuario determinado puede depender del precio aplicable a las horas concretas en las que inyectó electricidad y de las reglas regulatorias correspondientes.
Ejemplo aproximado
Supongamos, únicamente a efectos ilustrativos, que después de aplicar el crédito de energía quedan:
150 kWh de excedentes adicionales
y que el precio medio aplicable fuese:
400 COP/kWh
El valor bruto orientativo sería:
150 × 400 = 60.000 COP
Esto no constituye una tarifa garantizada ni una estimación de una factura concreta. El precio de bolsa varía y la liquidación real debe realizarla el comercializador conforme a la regulación vigente.
Entonces, ¿es mejor autoconsumir o vender los excedentes?
En muchas instalaciones solares, el kWh más valioso suele ser el que consigues consumir directamente.
¿Por qué?
Porque un kWh autoconsumido evita comprar ese kWh de la red, mientras que un excedente adicional vendido puede recibir una remuneración inferior al coste completo que habría tenido comprar electricidad.
Por eso un buen diseño fotovoltaico no consiste simplemente en llenar todo el tejado de paneles.
Debe analizar:
- consumo anual;
- consumo durante las horas solares;
- curvas horarias de consumo;
- potencia instalada;
- producción solar estimada;
- excedentes previsibles;
- precio de la electricidad;
- condiciones de compensación;
- posible incorporación de baterías.
Un sistema correctamente dimensionado puede resultar más rentable que uno excesivamente grande.
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¿Es obligatorio tener un medidor bidireccional?
Sí, si vas a entregar energía a la red necesitas una medición que registre correctamente ambos sentidos del flujo eléctrico.
La CREG ha reiterado que cuando un AGPE entrega energía a la red debe contar con un medidor bidireccional horario que cumpla los requisitos regulatorios.
Un medidor convencional registra principalmente la electricidad que entra desde la red.
El bidireccional diferencia:
Energía importada → electricidad que compras de la red.
Energía exportada → electricidad que tus paneles envían hacia la red.
Esta información permite calcular el crédito de energía y los excedentes adicionales.
Cómo vender excedentes de energía solar en Colombia paso a paso
Paso 1. Diseñar correctamente la instalación fotovoltaica
Antes de realizar trámites conviene determinar:
- potencia de los paneles;
- potencia del inversor;
- consumo energético;
- punto de conexión;
- energía estimada que se inyectará;
- protecciones eléctricas;
- condiciones de la red.
El tamaño del sistema determina también algunos de los requisitos regulatorios aplicables.
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Paso 2. Determinar si el proyecto entregará excedentes
Un sistema puede configurarse:
- para autoconsumo con entrega de excedentes;
- o para limitar la inyección hacia la red.
La regulación contempla incluso inversores capaces de limitar a cero la entrega de excedentes.
Si quieres obtener créditos de energía o vender la producción sobrante, el proyecto deberá diseñarse para trabajar con inyección a la red.
Paso 3. Solicitar la conexión como autogenerador
Los usuarios que desean convertirse en AGPE deben seguir el procedimiento de conexión establecido en la Resolución CREG 174 de 2021 y su Anexo 5.
La solicitud se gestiona dentro del procedimiento establecido para la conexión ante el Operador de Red (OR) correspondiente.
Los requisitos concretos varían según la potencia y las características técnicas de la instalación.
Paso 4. Cumplir los requisitos técnicos de la instalación
El proyecto debe cumplir la normativa técnica y de seguridad aplicable.
Dependiendo de sus características pueden revisarse, entre otros:
- diseño eléctrico;
- protecciones;
- inversores;
- capacidad instalada;
- potencia máxima declarada;
- punto de conexión;
- sistema de medida;
- documentación técnica correspondiente.
Para evitar retrasos, es recomendable que el diseño y la legalización sean realizados por profesionales con experiencia específica en sistemas fotovoltaicos conectados a red.
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Paso 5. Instalar o adecuar el medidor bidireccional
Si el sistema entrega excedentes, debe quedar habilitada la medición bidireccional horaria correspondiente.
Paso 6. Completar la revisión y puesta en operación
Una vez cumplidas las etapas correspondientes del procedimiento de conexión, la instalación puede quedar habilitada para operar oficialmente como autogenerador y entregar energía a la red.
No es recomendable inyectar energía de forma informal antes de completar el procedimiento regulatorio.
Paso 7. Formalizar la entrega de excedentes
Si utilizas energía solar y vendes los excedentes al mismo comercializador que atiende tu consumo, dicho comercializador está obligado a recibir los excedentes ofrecidos bajo las condiciones establecidas en la regulación.
Existe también la posibilidad de vender energía a determinados generadores o comercializadores que la destinen al mercado no regulado, pudiendo pactarse libremente el precio en esa alternativa.
¿Quién paga los excedentes solares?
Una confusión frecuente consiste en pensar que siempre es el Operador de Red quien compra la energía.
No necesariamente.
Operador de Red y comercializador son funciones diferentes.
El Operador de Red gestiona la infraestructura eléctrica de distribución y el procedimiento técnico de conexión.
El comercializador que compra los excedentes es quien realiza su correspondiente liquidación y debe mostrar en la factura información sobre las cantidades y valores asociados a la energía entregada.
¿Cómo aparecen los excedentes en la factura de energía?
La factura de un usuario AGPE debe permitir identificar información relacionada con:
- energía importada;
- energía exportada;
- créditos de energía;
- cantidades de excedentes;
- valoración de esos excedentes;
- saldos a favor;
- información correspondiente al pago.
La regulación exige que el comercializador presente de forma diferenciada y clara las cantidades y valores correspondientes.
Por eso, una vez legalizado el sistema, es recomendable comprobar periódicamente que:
producción del inversor ≠ energía exportada a la red
No son necesariamente la misma cifra.
Parte de la producción solar se consume instantáneamente dentro del inmueble y nunca pasa por el medidor como energía exportada.
¿Qué ocurre si la factura queda con saldo a mi favor?
Puede ocurrir que, después de realizar las liquidaciones correspondientes, exista un saldo monetario a favor del usuario AGPE.
La regulación contempla distintas posibilidades.
Entre ellas se encuentran:
- utilizar el saldo para pagar consumos de períodos posteriores;
- solicitar que sea pagado en el mes siguiente;
- recibir determinados saldos acumulados en fechas específicas del año.
Los saldos destinados a facturas posteriores pueden acumularse hasta los límites establecidos por la regulación, incluidos períodos de corte en junio y diciembre.
¿Se necesita una batería para vender excedentes?
No.
Puedes tener un sistema fotovoltaico conectado a red, sin baterías, y entregar la energía sobrante durante las horas solares.
Una batería cumple otra función: almacenar parte de la electricidad producida para utilizarla posteriormente.
Por ejemplo:
Sin batería
Paneles → consumo → excedente → red.
Con batería
Paneles → consumo → batería → posible excedente → red.
La decisión de instalar baterías debería analizarse económicamente teniendo en cuenta:
- precio de compra de electricidad;
- perfil de consumo nocturno;
- cantidad de excedentes;
- coste de la batería;
- necesidad de respaldo ante cortes;
- vida útil;
- precio al que se remuneran los excedentes.
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¿Vale la pena vender excedentes de energía solar?
Puede valer la pena, pero el principal ahorro de una instalación fotovoltaica normalmente no debería depender exclusivamente de vender grandes cantidades de electricidad a la red.
Un proyecto bien diseñado busca primero reducir la energía que debes comprar.
Después, el mecanismo de créditos y la remuneración de excedentes permiten aprovechar la producción solar que no consigues consumir instantáneamente.
Por eso, antes de instalar conviene calcular tres valores de forma independiente:
1. Ahorro por autoconsumo
Electricidad solar que utilizas directamente y que ya no necesitas comprar.
2. Crédito de energía
Electricidad exportada que puede compensarse contra energía importada durante el período.
3. Excedentes adicionales
Producción enviada a la red que supera la cantidad compensable y recibe la valoración económica correspondiente.
Esta separación permite calcular un retorno de inversión mucho más realista.
¿Qué cambia entre un sistema menor y mayor de 100 kW?
La regulación establece diferencias relevantes.
AGPE de hasta 100 kW
En el crédito de energía, por los kWh permutados el comercializador cobra fundamentalmente el componente de comercialización previsto por la regulación.
AGPE de más de 100 kW y hasta 1 MW
Para el crédito de energía se consideran adicionalmente componentes relacionados con transmisión, distribución, comercialización, pérdidas y restricciones.
Esto significa que el análisis financiero de un proyecto comercial o industrial de varios cientos de kW no debe realizarse copiando simplemente los números de una instalación residencial.
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Ejemplo completo: vivienda con paneles solares
Supongamos una vivienda que durante un período registra:
Consumo total de la vivienda: 500 kWh
Producción fotovoltaica: 600 kWh
Autoconsumo instantáneo: 250 kWh
Energía tomada de la red: 250 kWh
Energía enviada a la red: 350 kWh
Tenemos:
Crédito de energía
Hasta 250 kWh exportados pueden compensarse contra los 250 kWh importados, con los cargos regulatorios correspondientes.
Excedente adicional
Quedan:
350 − 250 = 100 kWh
que superan el crédito de energía.
Esos 100 kWh entran en la categoría de excedentes adicionales y, bajo el régimen transitorio vigente en agosto de 2026, su valoración se relaciona con el precio de bolsa aplicable.
El ejemplo demuestra por qué no basta con mirar cuántos kWh produce el sistema.
Para calcular la rentabilidad debemos conocer también cuándo se producen y cuándo se consumen.
Preguntas frecuentes sobre la venta de energía solar en Colombia
¿Puedo vender energía solar a la red en Colombia?
Sí. Los autogeneradores pueden entregar excedentes a la red bajo las condiciones establecidas por la regulación colombiana. Los AGPE que utilizan fuentes renovables como la solar pueden beneficiarse del mecanismo de créditos de energía.
¿Cuánto pagan por 1 kWh solar en Colombia en 2026?
No existe un precio único fijo. Los excedentes que superan el crédito de energía continúan actualmente sujetos al precio de bolsa durante el régimen transitorio. El precio de bolsa cambia con el mercado eléctrico y puede variar considerablemente.
¿Los excedentes se pagan al mismo precio al que compro electricidad?
No necesariamente. Una parte puede reconocerse mediante crédito de energía, pero siguen existiendo componentes regulatorios aplicables. Los excedentes que superan el crédito tienen una valoración distinta.
¿Necesito un medidor bidireccional?
Sí, cuando se entrega energía a la red se requiere medición bidireccional horaria conforme a los requisitos establecidos por la CREG.
¿Necesito baterías?
No. Un sistema solar conectado a red puede entregar excedentes sin disponer de baterías.
¿El comercializador está obligado a comprar mis excedentes?
Cuando un AGPE que utiliza FNCER decide entregar los excedentes al mismo comercializador que atiende su consumo, la regulación establece que ese comercializador debe recibirlos bajo las condiciones correspondientes.
¿Los excedentes solares todavía se pagan a precio de bolsa en 2026?
Sí, a agosto de 2026 la CREG confirma que continúa aplicándose transitoriamente el precio de bolsa para los excedentes que superan el crédito de energía. La transición futura hacia el MCm depende de la entrada en aplicación de la metodología regulatoria correspondiente.
¿Puedo ganar dinero instalando muchos más paneles de los que necesito?
Técnicamente puede generarse una cantidad elevada de excedentes, pero eso no significa automáticamente que sea la alternativa más rentable. El precio de bolsa es variable y el objetivo principal de un AGPE es atender su propio consumo. Conviene dimensionar cada proyecto utilizando datos reales de consumo y producción esperada.
Conclusión: producir, consumir y aprovechar lo que sobra
La posibilidad de entregar excedentes hace que una instalación fotovoltaica en Colombia pueda aprovechar prácticamente toda la energía que produce.
El mecanismo funciona en tres niveles:
autoconsumes primero,
compensas parte de la energía mediante créditos,
y los excedentes adicionales reciben una remuneración.
En 2026 hay que prestar especial atención a la regulación vigente. Aunque se ha aprobado una transición hacia el uso del MCm para determinados excedentes, a agosto de 2026 todavía continúa aplicándose transitoriamente el precio de bolsa en los casos explicados en esta guía.
La clave no consiste simplemente en instalar el mayor número posible de paneles, sino en diseñar un sistema adecuado al consumo real del inmueble.
Un estudio solar puede estimar:
- cuántos paneles necesitas;
- cuánto producirán;
- qué porcentaje consumirás directamente;
- cuántos excedentes tendrás;
- cuánto puede disminuir tu factura;
- y cuál será el retorno esperado de la inversión.
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Quiero calcular mi instalación solar
Fuentes y marco regulatorio
Este contenido ha sido elaborado con base en documentación oficial de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y datos del mercado eléctrico publicados por XM. Entre las normas y documentos relevantes se encuentran la Resolución CREG 174 de 2021, Resolución CREG 135 de 2021, Resolución CREG 101 072 de 2025 y Resolución CREG 101 087 de 2025, además de conceptos regulatorios emitidos por la CREG durante 2026.
La regulación eléctrica y los precios del mercado pueden cambiar. La información de este artículo corresponde al marco consultado y vigente en agosto de 2026. Para un proyecto concreto deben verificarse las reglas aplicables con el operador de red, el comercializador y los profesionales responsables de la instalación.