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Cómo conectar tus paneles solares con Enel en Bogotá, paso a paso

• 14 min de lectura
Nicolas Vargas Por Nicolas Vargas
Portada: Conecta tus paneles solares con Enel en Bogotá, el trámite paso a paso, con paneles sobre un tejado bogotano y Monserrate al fondo

Ya tienes la cotización, ya elegiste instalador y ya sabes cuántos paneles caben en tu techo. Queda la pregunta que más frena a quien vive en Bogotá: ¿cómo se conecta el sistema a la red de Enel y cuánto se demora? La respuesta corta es que el trámite está reglado al detalle, que casi todo es en línea y que la norma le pone plazos al operador, no solo a ti.

En esta guía te explicamos el procedimiento vigente en 2026 para conectar un sistema solar de casa, conjunto o negocio pequeño a la red de Enel Colombia (antes Codensa): qué norma lo rige, qué documentos se piden, qué plazos tiene Enel en cada etapa, qué cuesta y qué hacer si se atrasa. Todo lo que afirmamos aquí está sacado del texto de la regulación y de la guía oficial de Enel; lo que no pudimos verificar, lo decimos.

Respuesta rápida: ¿cómo se conectan paneles solares a la red de Enel en Bogotá?

Se hace como autogenerador a pequeña escala (AGPE), con una solicitud en línea en la sucursal virtual «Mi Enel». El procedimiento lo fija la Resolución CREG 174 de 2021. Para un sistema de hasta 100 kW —cualquier casa y la mayoría de negocios pequeños— no hace falta estudio de conexión: se revisa la disponibilidad de la red, se radica la solicitud con los documentos técnicos, Enel revisa que estén completos y los verifica, apruebas, instalas, pides la entrada en operación y Enel hace la visita y cambia el medidor por uno bidireccional. La solicitud no tiene costo y cada etapa tiene un plazo máximo en días hábiles.

La norma que manda: CREG 174 de 2021

El trámite de conexión de autogeneradores en todo el país lo regula la Resolución CREG 174 de 2021, que derogó a la antigua CREG 030 de 2018. Desde entonces la han modificado varias resoluciones —entre ellas la CREG 101 072 y la 101 087 de 2025, y otras de 2026 sobre autogeneración remota y baterías—, pero para un sistema solar residencial el procedimiento de conexión sigue siendo el de la 174: su artículo 14 y su Anexo 5.

Dos consecuencias prácticas:

  • Enel no puede inventar requisitos. El artículo 30 de la resolución obliga al operador de red a «abstenerse de solicitar requisitos distintos» a los de la norma y a «cumplir diligentemente con los plazos».
  • Si lees algo sobre un «límite del 15%» del circuito, es información vieja. Esa cifra venía de la CREG 030 de 2018. La norma vigente usa otros límites, que explicamos más abajo.

Antes de empezar: los datos que definen tu trámite

El camino cambia según dos preguntas:

Pregunta Por qué importa
¿Tu sistema tendrá más o menos de 100 kW? Hasta 100 kW no hay estudio de conexión y los plazos son más cortos. Por encima, se exige un estudio de conexión simplificado.
¿Vas a entregar excedentes a la red? Si no entregas energía (por ejemplo, con un control de inyección cero), no aplican los límites de disponibilidad de red ni la revisión previa del circuito.

La inmensa mayoría de sistemas de vivienda en Bogotá caen en el mismo caso: menos de 100 kW y con entrega de excedentes, que es lo que permite compensar lo que no consumes de día contra lo que consumes de noche. Esta guía sigue ese caso.

Enel añade dos condiciones propias en su guía de 2026 que conviene revisar antes de cualquier otra cosa: la cuenta de energía debe ser definitiva (no un provisional de obra) y la caja donde irá el medidor debe estar normalizada según las normas de Enel.

El trámite con Enel, paso a paso

Paso 1: revisar la disponibilidad de la red

Si vas a entregar excedentes en baja tensión, lo primero es consultar si el circuito que alimenta tu casa tiene capacidad para recibirlos. Enel publica esa información en su módulo de georeferenciación, dentro de la página de solicitudes de autogeneradores. La regulación le exige mostrarla como un semáforo según qué tan ocupado está el circuito:

Color Ocupación del circuito
Verde Hasta 30%
Amarillo Entre 30% y 40%
Naranja Entre 40% y 50%
Rojo Más de 50%

El límite de fondo está en el artículo 6 de la CREG 174: la suma de la potencia de todos los autogeneradores que entregan energía en un mismo circuito de baja tensión no puede superar el 50% de la capacidad nominal del circuito, transformador o subestación. Guarda el resultado de la consulta: es uno de los documentos de la solicitud. Si tu sistema no va a entregar excedentes, este paso no aplica.

Paso 2: radicar la solicitud en Mi Enel

La solicitud se crea en la zona privada de Mi Enel, en la opción «Crear mi Solicitud». La regulación ya prevé que en el futuro estos trámites pasen a una ventanilla única nacional, pero mientras no esté disponible se usa el sistema en línea de cada operador, y Enel sigue remitiendo al suyo.

Para un sistema de hasta 100 kW con excedentes, la CREG 174 pide cargar estos documentos:

  1. Formulario de conexión simplificado del Consejo Nacional de Operación (CNO).
  2. Certificado de experiencia o capacitación del instalador: al menos un año de experiencia específica, o la capacitación correspondiente.
  3. Manual del control de inyección, si el sistema lo tiene.
  4. Resultado de la consulta de disponibilidad de red del paso 1, si aplica.
  5. Certificado de producto del inversor, emitido por un organismo de certificación acreditado.
  6. Documentación técnica: diagrama unifilar, esquema de puesta a tierra y protecciones, distancias de seguridad y cuadro de cargas.

A eso Enel suma, en su guía, una foto de la caja donde se instalará el medidor bidireccional, y aclara que la potencia en corriente alterna del proyecto es la suma de la de los inversores. Los documentos del RETIE van en un campo aparte y la norma permite subirlos más adelante, hasta el momento de pedir la entrada en operación.

Según el Anexo 5 de la resolución, esta solicitud no tiene costo.

Paso 3: revisión de completitud

Enel revisa que estén todos los documentos. Es una revisión operativa, no técnica, y tampoco tiene costo. Si falta algo, te lo pide para que lo subsanes una sola vez: el operador no puede ir pidiendo documentos por partes.

Paso 4: verificación técnica y aprobación

Aquí Enel comprueba que el inversor cumpla las normas, que los certificados sean válidos, que las protecciones sean las exigidas y que el proyecto respete los límites de la red. Si todo está bien, la aprobación queda registrada en el sistema. Si te la niegan, puedes corregir y empezar una solicitud nueva cuando quieras.

La aprobación tiene una vigencia de seis meses para que instales el sistema, prorrogable una vez por tres meses más sin costo, siempre que pidas la prórroga al menos un mes antes de que venza.

Paso 5: instalación y dictamen RETIE

Con la aprobación, el instalador monta el sistema. Para la visita de Enel, su guía pide el dictamen RETIE de la instalación. El RETIE vigente (Resolución 40284 de 2026 del Ministerio de Minas y Energía) exige declaración de cumplimiento y dictamen de inspección a los autogeneradores de 10 kVA o más que entregan excedentes, y flexibilizó la certificación para instalaciones más pequeñas que no requieren diseño. Como Enel lo pide de forma general, nuestra recomendación es presupuestar el dictamen siempre y confirmar con el operador si en tu caso hay excepción.

Dos requisitos que el RETIE y la regulación exigen a cualquier sistema: protecciones de sobretensión y sobrecorriente como mínimo, y el cumplimiento del acuerdo de protecciones del CNO.

Paso 6: entrada en operación, visita y medidor bidireccional

Terminada la obra, pides en línea la entrada en operación. Enel tiene que presentarse a la visita y avisarte la fecha con anticipación. Lo que revisa depende del tamaño del sistema:

  • Menos de 10 kW: solo inspección visual de los parámetros, los inversores y las protecciones.
  • De 10 a 100 kW: además, las pruebas de protecciones y de tiempo de reconexión del acuerdo del CNO.
  • Más de 100 kW: todas las pruebas del acuerdo del CNO.

Según la guía de Enel, un autogenerador con excedentes queda conectado cuando se cumplen dos cosas: la visita de recibo de obra aprobada y el cambio al medidor bidireccional ejecutado. Desde ese momento empiezas a compensar.

Plazos: cuánto puede tardar Enel en cada etapa

Esta es la parte que casi nadie publica. El Anexo 5 de la CREG 174 fija plazos máximos en días hábiles para cada etapa. Para un sistema de hasta 100 kW con excedentes, conectado en baja tensión:

Etapa Plazo de Enel Si hay que subsanar
Revisión de completitud 2 días hábiles Tú tienes 5 días para corregir y Enel 2 para revisar de nuevo
Verificación técnica 5 días hábiles Tú tienes 5 días para corregir y Enel 5 para revisar de nuevo
Visita tras pedir la entrada en operación 5 días hábiles para presentarse Si hacen falta ajustes, segunda visita dentro de los 7 días hábiles siguientes

Sumando solo los plazos del operador, sin correcciones, la parte de Enel suma hasta 12 días hábiles: 2 de completitud, 5 de verificación y 5 para presentarse a la visita. A eso hay que agregar el tiempo que tardes tú en reunir los documentos, el de la instalación y el de conseguir el medidor.

Una aclaración honesta: estos son los máximos que fija la norma, no una medición de cuánto tarda Enel en la práctica. No encontramos datos oficiales de tiempos reales y no vamos a inventarlos. Las cifras de «6 a 12 semanas» que circulan en internet no provienen de ninguna fuente verificable.

Cuánto cuesta el trámite

Concepto Costo según la CREG 174
Solicitud de conexión Sin costo
Revisión de completitud Sin costo
Prórroga de tres meses de la aprobación Sin costo
Primera y segunda visita (hasta 100 kW) Sin costo
Tercera visita en adelante Se cobra, según la tarifa regulada de revisión de instalaciones
Obras de refuerzo de la red, si la red no da A cargo del solicitante

La resolución añade una regla útil: si el operador no publica su costo de conexión, no puede cobrarlo. Lo que sí cuesta dinero, fuera del trámite, es el dictamen RETIE y el medidor, que normalmente vienen incluidos en la cotización llave en mano del instalador.

El medidor bidireccional: quién lo pone y cuál sirve

Si entregas excedentes, necesitas un medidor que registre la energía en los dos sentidos. Tres cosas que conviene saber:

  • Puedes comprarlo tú. La Ley 142 de 1994 (artículo 144) permite al usuario adquirir el medidor donde quiera, y la empresa debe aceptarlo si cumple las características técnicas.
  • Enel publica una lista de marcas y modelos aceptados en su guía de 2026. Si llevas tu propio medidor, hay que radicarlo ante el laboratorio de Enel con el formato AGPE correspondiente, y Enel hace el cambio en la visita.
  • La clase de precisión depende del tamaño del punto de medida. Para puntos pequeños (menos de 10 kVA y menos de 5 MWh de consumo al mes) la norma admite clase 1 o 2; entre 10 y 100 kVA, clase 1. Tu instalador debe definirla según el Código de Medida.

Lo que no pudimos verificar: cuánto cobra Enel si el medidor lo suministra la propia empresa. No lo encontramos publicado.

Qué hacer si Enel no cumple los plazos

La norma no prevé que la solicitud se apruebe sola si el operador se pasa del plazo. Lo que sí establece el Anexo 5 es el camino:

  1. Deja constancia en el propio sistema y por el canal de PQR de Enel, con el motivo «Autoproductor».
  2. Informa el incumplimiento a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que es lo que la resolución indica expresamente.
  3. Si hay conductas que obstruyen la conexión, la resolución señala que pueden ser investigadas y sancionadas por la Superintendencia de Industria y Comercio.

La mejor prevención es un expediente completo desde el primer envío: la subsanación de documentos se permite una sola vez, y cada ronda de correcciones suma días hábiles al proceso.

Y cuando ya estás conectado: cómo se compensa la energía

Para un sistema de hasta 100 kW, los excedentes que entregas a la red y que son menores o iguales a lo que consumes de la red se permutan kilovatio por kilovatio: cada kWh que exportas descuenta un kWh que importas, y por esa energía el comercializador solo cobra el componente de comercialización. Lo que exportes por encima de tu consumo se liquida hoy, de forma transitoria, a precio de bolsa. Lo explicamos en detalle en nuestra guía sobre cómo vender los excedentes de energía solar.

Si tu proyecto supera los 100 kW

Conjuntos grandes, bodegas y empresas pueden pasar el umbral. En ese caso cambian tres cosas: se exige un estudio de conexión simplificado (Enel entrega los insumos en 5 días hábiles, tienes hasta 5 meses para hacerlo y Enel tiene 20 días hábiles para revisarlo), la visita incluye todas las pruebas del CNO y la compensación de energía incluye más componentes de la tarifa. Además, la página de Enel indica que todo autogenerador de 100 kW o más debe contratar capacidad de respaldo de la red. Es un proyecto a medida: conviene plantearlo desde la cotización.

Preguntas frecuentes

¿Dónde se solicita la conexión de paneles solares con Enel en Bogotá?

En la sucursal virtual Mi Enel, en la opción «Crear mi Solicitud». El estado del trámite, el módulo de georeferenciación para consultar la red y las PQR están en la página de solicitudes de autogeneradores de enel.com.co.

¿Cuánto cuesta el trámite de conexión con Enel?

La solicitud, la revisión de documentos y las dos primeras visitas son gratuitas para sistemas de hasta 100 kW, según la Resolución CREG 174 de 2021. Se cobra a partir de la tercera visita. El dictamen RETIE y el medidor bidireccional sí tienen costo y suelen ir incluidos en la cotización del instalador.

¿Cuánto tarda Enel en aprobar la conexión?

La norma le da a Enel un máximo de 2 días hábiles para revisar que los documentos estén completos, 5 para la verificación técnica y 5 para presentarse a la visita una vez pides la entrada en operación. Son plazos máximos regulados; no hay datos oficiales del tiempo real.

¿Necesito un estudio de conexión para mi casa?

No. El estudio de conexión simplificado solo se exige a autogeneradores de más de 100 kW que entregan excedentes, o cuando la red no cumple los límites de disponibilidad. Una vivienda está muy por debajo de ese umbral.

¿Puedo comprar el medidor bidireccional por mi cuenta?

Sí. La Ley 142 de 1994 permite al usuario adquirir el medidor donde prefiera, siempre que cumpla las características técnicas. Enel publica en su guía de 2026 una lista de modelos aceptados y pide radicar el medidor ante su laboratorio.

¿Qué pasa si mi circuito sale en rojo en el mapa de Enel?

Significa que el circuito supera el 50% de ocupación por autogeneradores. Puedes instalar un sistema sin entrega de excedentes, al que no le aplican esos límites, o asumir un estudio y las obras de refuerzo que la red necesite, que corren por cuenta del solicitante.

Qué hacer ahora

Antes de radicar nada, revisa dos cosas que dependen solo de ti: que tu cuenta de Enel sea definitiva y que la caja del medidor cumpla la norma de Enel. Después, consulta tu circuito en el módulo de georeferenciación. Con eso sabrás si tu trámite será directo o si hay que prever algo más.

Si estás en Bogotá o la sabana, puedes ver lo que rinde un sistema en tu zona en nuestra página de paneles solares en Bogotá, calcular el tamaño que necesitas con la calculadora solar o pedirnos una evaluación. Los instaladores aliados con los que trabajamos gestionan el expediente y el trámite con Enel como parte de la instalación.

Fuentes

Información verificada contra las fuentes oficiales el 27 de septiembre de 2026. La regulación cambia: si lees esto mucho después, confirma los plazos vigentes con tu instalador o con Enel.

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